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El desafío de la Huella de Carbono. Real Decreto 214/2025

Como se ha mencionado en publicaciones anteriores, al elegir una herramienta que permita escalar según la normativa aplicable a cada compañía, lo primero en lo que debe centrarse una empresa es en el cálculo, la gestión y la elaboración de un plan de descarbonización de la huella de carbono.


En Hanasaki publicaremos una serie de posts para explicar de manera detallada la normativa, sus objetivos, el proceso de cálculo y las distintas herramientas que ofrecemos para digitalizar este procedimiento.


📘 ¿Qué es el Real Decreto 214/2025?

Es una norma aprobada el 18 de marzo de 2025 y publicada el 12 de abril de 2025, que regula el Registro de Huella de Carbono, Compensación y Proyectos de Absorción de CO₂. Establece la obligación de calcular la huella de carbono y de elaborar planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para ciertas organizaciones. Supone una evolución respecto al Real Decreto 163/2014, alineándose con la Ley 7/2021 de cambio climático, el Acuerdo de París y el Pacto Verde Europeo.


🎯 ¿Qué objetivo tiene el Real Decreto 214/2025?

Con este objetivo se busca:

  • Promover la transparencia climática.

  • Fomentar la reducción de emisiones de GEI.

  • Aumentar las absorciones por sumideros de carbono.

  • Contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales de España, como la neutralidad climática en 2050.


📅 ¿Cuándo entra en vigor el Real Decreto 214/2025?

El decreto entra en vigor el 12 de junio de 2025, dos meses después de su publicación en el BOE.


🧮 ¿Cuándo deben las organizaciones comenzar a calcular y reportar su huella de carbono?

Desde 2025, con la primera publicación de datos en 2026, correspondientes al ejercicio fiscal de 2025. El plan de reducción de emisiones también debe estar listo para esa fecha.


🏢 ¿Quiénes están obligados a cumplir con los requerimientos del Real Decreto?

Las entidades obligadas a publicar un Estado de Información No Financiera según la Ley 11/2018, especialmente:

  • Empresas con más de 250 trabajadores.

  • Aquellas que superen los 20 millones de euros en activos o los 40 millones de euros en cifra de negocios durante dos ejercicios consecutivos.

  • La Administración General del Estado, incluidos ministerios y organismos autónomos.

Las pymes pueden participar voluntariamente, accediendo a beneficios como subvenciones o ventajas en licitaciones públicas.


🔁 ¿Cada cuánto hay que cumplir con la obligación de publicación?

Anualmente. La huella debe actualizarse cada año y el plan debe tener seguimiento continuo, aunque no se exige un plan nuevo cada año.


🌐 ¿Dónde hay que publicar la huella de carbono y el plan de reducción?

En la web de la compañía, pudiendo incluirse también:

  • En el Estado de Información No Financiera.

  • En la información sobre sostenibilidad derivada de la transposición de la Directiva CSRD.


🔄 ¿Podrían verse modificadas las obligaciones del Real Decreto a futuro?

. Las obligaciones podrían cambiar por:

  • La transposición de la Directiva CSRD.

  • La actualización de umbrales financieros por la Directiva 2023/2775.

  • Nuevos requisitos como el cálculo obligatorio de emisiones de alcance 3.


📈 Medir para competir: ventajas más allá del cumplimiento

Cumplir con el Real Decreto no es solo una obligación legal, es una ventaja competitiva:

  • Mejora la reputación corporativa.

  • Aumenta la transparencia ante clientes, inversores y proveedores.

  • Facilita el acceso a licitaciones públicas y subvenciones.

  • Permite obtener el sello oficial del MITECO (“Calculo”, “Reduzco”, “Compenso”), que acredita el compromiso con la sostenibilidad.


Datos de emisiones de Hanasaki
Datos de emisiones de Hanasaki


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